Comentario sobre el primer laudo del Tribunal Arbitral del Baloncesto relacionado con la COVID-19.
- Montse Díaz Marí
- 25 jul 2020
- 1 Min. de lectura
El 14 de mayo de 2020, el Tribunal Arbitral del Baloncesto (en adelante, BAT) resolvió por primera vez teniendo en cuenta la COVID-19 [BAT 1482/20 – Mr. Clifford J. Hendel como Árbitro].
Es de interés para el colectivo baloncestístico porque el propio BAT resuelve en atención a las directrices que había publicado el 20 de abril de 2020 [1] sobre el modo de actuar ante disputas que se hubieran generado durante el periodo de incertidumbre ocasionado por el «maldito virus». A grandes rasgos, en este primer laudo, -a modo de «spoiler»-, el Árbitro asume que la indemnización debida al jugador por terminar de forma indebida su contrato -meses antes del inicio de la pandemia- no se puede ver afectada por la crisis de la Covid-19. [Párrafos 92 a 99 del laudo].
[Artículo publicado en IUSPORT: clica aquí si quieres seguir leyendo].
¡Muchas gracias!
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